Tlaxcala busca transformar la reparación del daño en casos de feminicidio

La presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, Fanny Margarita Amador Montes, planteó la necesidad de que la justicia en los casos de feminicidio vaya más allá de la condena contra el responsable y contemple una reparación integral del daño para las víctimas y sus familias.

La magistrada sostuvo que el feminicidio no termina con la muerte de la víctima, pues sus consecuencias alcanzan a todo el entorno familiar y social. Entre ellas mencionó las afectaciones psicológicas y económicas que enfrentan las familias, la orfandad de niñas, niños y adolescentes, así como el temor y la desconfianza hacia las instituciones que pueden generarse cuando estos casos quedan impunes.

En este sentido, Amador Montes cuestionó que la justicia penal pueda considerarse concluida únicamente con una sentencia privativa de la libertad. A su consideración, sancionar al responsable representa solamente una parte del proceso, mientras que la otra consiste en atender las consecuencias que el delito dejó en quienes sobrevivieron a la víctima.

Reparación integral, más allá de una indemnización

La presidenta del Poder Judicial de Tlaxcala recordó que, a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, el Estado mexicano asumió obligaciones específicas para prevenir, investigar, sancionar y reparar de manera integral las violaciones a los derechos fundamentales.

Sin embargo, señaló que reparar el daño en un caso de feminicidio representa un desafío particular, debido a que se trata de una pérdida que no puede compensarse únicamente mediante una cantidad de dinero.

En su análisis, destacó el papel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y particularmente del caso Campo Algodonero, precedente que permitió ampliar la visión sobre las consecuencias de la violencia contra las mujeres. El tribunal internacional reconoció a los familiares como víctimas indirectas y puso de manifiesto las consecuencias psicosociales derivadas tanto de la violencia como de la impunidad.

A partir de estos criterios, sostuvo que las medidas de reparación deben tener una vocación transformadora, es decir, no limitarse a compensar económicamente a las víctimas, sino contribuir a modificar las condiciones sociales, culturales y jurídicas que permitieron que ocurrieran los hechos.

Preparan protocolo con perspectiva de género

En este contexto, la magistrada informó que el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala trabaja en la aprobación del “Protocolo para la Determinación de la Reparación Integral del Daño con Perspectiva de Género en Casos de Feminicidio y Otras Formas de Violencia contra las Mujeres”.

El instrumento, explicó, busca proporcionar a jueces y juezas en materia penal herramientas metodológicas para determinar la reparación del daño tomando en cuenta las circunstancias particulares de cada caso. La propuesta contempla superar una visión limitada a la indemnización económica y permitir que las resoluciones judiciales consideren los distintos impactos que genera la violencia, entre ellos los físicos, psicológicos, económicos y psicosociales.

Amador Montes destacó que incorporar la perspectiva de género en la reparación del daño no constituye un elemento meramente técnico, sino una condición para alcanzar una justicia material, capaz de reconocer que las consecuencias de la violencia pueden ser diferentes para cada víctima y su entorno.

La presidenta del Tribunal Superior de Justicia también advirtió que cuando una resolución judicial minimiza la gravedad de los hechos, clasifica incorrectamente un delito o establece indemnizaciones que no corresponden con la magnitud del daño, las instituciones pueden generar una nueva afectación a quienes ya fueron víctimas. En ese sentido, calificó estas situaciones como formas de revictimización institucional, al considerar que una respuesta judicial insuficiente puede profundizar las consecuencias de la violencia y aumentar la desconfianza hacia las autoridades.

De este modo, Amador Montes afirmó que una sentencia plenamente justa no puede limitarse a condenar al agresor a una pena de prisión, sino que debe incluir medidas orientadas a reconstruir, en la medida de lo posible, los proyectos de vida afectados. “La impartición de justicia no concluye en la sala de audiencias”, planteó la magistrada, al señalar que ésta se consolida cuando las instituciones son capaces de reconocer el daño y establecer mecanismos concretos para atenderlo.

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