El Congreso de Tlaxcala avaló las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de requisitos para ocupar cargos de elección popular, entre ellas una que reduce de siete a cinco años el requisito de residencia efectiva para quienes no nacieron en el Estado y aspiren a la gubernatura.
Durante una sesión extraordinaria, los integrantes de la LXV Legislatura aprobaron la minuta enviada por el Senado, que establece que podrá ser gobernador o gobernadora quien sea mexicano por nacimiento, no tenga ni adquiera otra nacionalidad y, en caso de tenerla, renuncie a ella antes de solicitar su registro como candidato.
Para el caso de quienes no sean nativos de la entidad, la reforma establece que deberán acreditar una residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios. Hasta ahora, la Constitución de Tlaxcala contemplaba un periodo de siete años, por lo que el cambio representa una reducción de dos años en este requisito.
Las nuevas disposiciones establecen además que quienes aspiren a una gubernatura no podrán invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana. Esto incluye el uso de pasaportes o documentos de identidad expedidos por otro Estado, el ejercicio de derechos políticos inherentes a otra ciudadanía y el acogimiento a la protección diplomática de otro país. Asimismo, quienes aspiren a gobernar deberán tener 30 años cumplidos el día de la elección, salvo que la Constitución de la entidad federativa establezca una edad menor. Una vez en el cargo, tampoco podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad.
